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Congreso da espaldarazo a nueva contratación de megaobras en el país

Congreso da espaldarazo a nueva contratación de megaobras en el país

- Con la aprobación de esta nueva Ley de contratación pública y de infraestructura, aumenta la confianza del sector privado para adelantar grandes obras en el país. 
- La nueva Ley cuenta con reglas más claras para garantizar la transparencia en los procesos de contratación de Asociaciones Público Privadas (APP).

Bogotá, 14 de diciembre de 2017. (@ANI_Colombia). Las Plenarias de Cámara y Senado del Congreso de la República conciliaron este jueves en su totalidad los textos de la nueva Ley de Contratación Pública y Asociaciones Público Privadas (APP) que dará herramientas al Estado para fortalecer los procesos de contratación pública de obra y consultoría. Los textos definitivos pasan a sanción presidencial.

El Presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), Dimitri Zaninovich, calificó este hecho como el fruto de una estrategia bien diseñada y que aclara las reglas de juego a los financiadores de estos grandes proyectos en el país. “La aprobación de este nuevo Proyecto de Ley busca que se mantenga el impulso que tiene la infraestructura con la cual hoy estamos más cerca de ser un país más conectado y productivo con la estructuración de grandes y nuevas obras”, explicó el presidente de la ANI.

Agregó que con este proyecto se cubren diferentes asuntos de la contratación púbica y Asociaciones Público Privadas (APP) que buscan mejorar la transparencia, facilitar la ejecución y la contratación en los diferentes tipos de contratos.

Esta nueva Ley al modifica aspectos claves de la Ley 80 y la Ley de Infraestructura (Ley APP) con lo cual se logra darle mayor claridad a los roles de todos los actores de los grandes proyectos de infraestructura, que hoy son APP; es decir, los que cuentan con la participación del sector privado.

Dentro de toda la construcción del articulado de la Ley se vincularon activamente a los gremios, la academia y empresarios que por su experiencia perfeccionaron aspectos que hoy se cristalizan con este texto que pasa a sanción presidencial. “Este es un nuevo paso que da el Gobierno Nacional para que las grandes obras de infraestructura sean una realidad en Colombia. El próximo desafío es continuar con la revolución de la infraestructura junto a la ingeniería colombiana porque hemos recorrido juntos un largo camino para llegar hasta aquí”, indicó el presidente de la ANI.

El Proyecto de Ley modifica aspectos precisos de la contratación para promover la pluralidad de oferentes, la sana competencia e igualdad de condiciones para todos los participantes; así como aumentar la confianza de los grandes inversionistas en infraestructura del país.

Otro aspecto trascendental es la implementación de los pliegos tipo será de gran utilidad y control para los procesos de selección de obras públicas y sus interventorías, entre otros procesos y así eliminar definitivamente la puerta por donde entraba la corrupción que favorecía a un oferente específico.

La Ley define la utilización de un método aleatorio establecido dentro del pliego de condiciones de los procesos de licitación pública, para seleccionar contratistas de obra pública y para la evaluación de la oferta económica durante la audiencia de adjudicación.

También busca hacer obligatorio que se presente dos sobres: el primero contiene los documentos relacionados con los requisitos habilitantes y los documentos que tengan asignados puntajes diferentes a la oferta económica. El segundo sobre contendrá la oferta económica.

MÁS AGILIDAD EN LA GESTIÓN PREDIAL

Los procesos de adquisición predial serán más ágiles al permitir que se pueda hacer oferta a los herederos determinados e indeterminados, en caso de que el titular del derecho haya fallecido.

Se podrá proceder con el proceso de expropiación en el evento en que el o los titulares o poseedores irregulares se encuentren reportados en alguna de las listas de control de prevención de lavado de activos o financiación del terrorismo.

No reconocimiento de derechos o autorizaciones otorgados en fajas de retiro, si fueron otorgadas con posterioridad a la ley 1228 de 2008.

Archivo: 
Autor: 
Oficina Asesora de Comunicaciones
Fecha de Publicación: 
14/12/2017
Categoria: 
Año publicacion: 
2017
Mes publicacion: 
12

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