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Proyectos ANI - Peajes

 

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ABC de los peajes concesionados en Colombia

 

Acercar a las ciudades y al campo requiere de la existencia de amplios y suficientes corredores viales, que traducen beneficios para las comunidades y el territorio en materia de desarrollo económico, competitividad, productividad, integración regional, cultural, social y comercial.

Los 119 peajes concesionados en Colombia, a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), son un componente vital para el financiamiento de los proyectos carreteros, los cuales, desde el momento de su estructuración, su construcción, hasta su operación y mantenimiento, representan miles de millones de pesos.

 

 

¿Cuánto cuestan esos proyectos viales?

Colombia pasó de tener 2.985 km de vías concesionadas entre 1994 y 1998 con el programa 1G, a cerca de 8.000 km en el 2023 con los programas 4G y 5G, estos últimos, contemplados en $58,14 billones (CAPEX a precios de diciembre de 2022) y $11,88 billones (CAPEX a precios de diciembre de 2022), respectivamente. Adicionalmente, los proyectos 4G alcanzan un valor para la operación y el mantenimiento de $57,99 billones (OPEX a precios de diciembre de 2022) y los 5G de $10,09 billones (OPEX a precios de diciembre de 2022).
 

¿Cómo se financian?

Algunos provienen de Iniciativas Privadas (IP), en las que la Nación no designa recursos públicos. No obstante, la mayoría son de iniciativas públicas (APP) y allí, el Estado sí aporta gran parte para su desarrollo. Adicionalmente, el recaudo de los peajes se convierte en una fuente de ingresos para el pago de inversiones y costos financieros asociados a cada proyecto, además de que permiten cubrir el 100 % del mantenimiento y de su operación.

Las Asociaciones Público-Privadas (APP) fueron creadas para tener aportes del Estado y de los usuarios de los corredores viales, que incluye a corredores de carga, de pasajeros, turistas, ciudadanos del área de influencia, motociclistas, entre otros.

El sistema en Colombia permite el cobro de tarifas a distintos medios de transporte para adquirir el derecho a transitar por esa infraestructura: un automóvil paga peaje para usar la autopista.
 

¿Los peajes están reglamentados?

¡Claro que sí! A través de la Ley 105 de 1993 "Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las entidades territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones”.

En su artículo 21, modificado por el artículo 1 de la Ley 787 de 2002, establece que, para la construcción y conservación de la infraestructura de transporte a cargo de la Nación, esta cobrará por el uso de las obras de infraestructura de transporte a los usuarios, buscando garantizar su adecuado mantenimiento, operación y desarrollo.

Para esto, la Nación establecerá peajes, tarifas y tasas sobre el uso de la infraestructura nacional de transporte y los recursos provenientes de su cobro se usarán exclusivamente para ese modo de transporte.
 

¿Cómo está distribuido el financiamiento de los proyectos entre la ciudadanía y el Estado?

El capital privado invertido en los proyectos de Asociación Público-Privada puede ser retribuido a través de aportes de la Nación con recursos públicos (vigencias futuras), y de recursos derivados de la explotación económica (tarifas a usuarios). Es de resaltar que, de acuerdo con la Ley 1508 de 2012, en las APP de iniciativa privada que requieren desembolsos de recursos públicos, los aportes del Estado no pueden superar el 30 % del valor total del contrato o 20 % en el caso de proyectos carreteros.

 

¿Cómo se definen las tarifas de los peajes?

A través de un estudio socioeconómico para evaluar la capacidad de pago de las personas que transitarían la vía, específicamente en el área de influencia; así como un estudio de tráfico a través del cual se determina el sitio indicado para la instalación del peaje.

La fijación de las tarifas depende del estado de la vía, del costo de la obra y de su operación y mantenimiento. Las poblaciones aledañas pueden verse beneficiadas con acceso a tarifas diferenciales que alivianen el gasto diario.

Es claro que existe un costo para la ciudadanía, pero ese costo es proporcional a las oportunidades generadas, a los empleos que llegan a cada territorio y al crecimiento de la región.

 

Entonces, ¿sin peajes no se podrían desarrollar los proyectos?

No respetar el funcionamiento de los peajes podría generar costos altísimos al Estado, pues el modelo concesionado es un sistema en el que un privado suministra el dinero para construir aquellos proyectos de miles de millones de pesos que necesitan las poblaciones y recibe ganancias durante un tiempo estipulado.

Dentro de la Ley de Infraestructura o Ley 1682 de 2013 se establece que la infraestructura de transporte está integrada, entre otros, por la red vial de transporte terrestre automotor que incluye las estaciones pesaje, los centros de control de operaciones y las estaciones de peaje, que para el caso particular de los proyectos de concesión esta infraestructura es trasladada al concesionario para su administración.

Así las cosas, los peajes se convierten en una de las fuentes de ingreso de las concesiones; y que de acuerdo como lo define el artículo 5 la Ley 1508 de 2012 o ley de Asociaciones Público-Privadas (APP):

“…el derecho al recaudo de recursos por la explotación económica del proyecto, a recibir desembolsos de recursos públicos o a cualquier otra retribución, en proyectos de Asociación Público-Privada, estará condicionado a la disponibilidad de la infraestructura, al cumplimiento de niveles de servicio, y estándares de calidad en las distintas unidades funcionales o etapas del proyecto, y los demás requisitos que determine el reglamento…”, por lo que dicha retribución del recaudo de los peajes estará supeditada a los adecuados niveles de servicio de la infraestructura.

 

¿Qué tipo de costos le generaría al Estado no cumplir con el funcionamiento de peajes?

La Ley 1508 de 2012, en la definición de las Asociaciones Público-Privadas, establece que este esquema debe involucrar la retención y transferencia de riesgos entre las partes y además determina como principios generales la eficiente asignación de riesgos en busca de mitigar el impacto en la disponibilidad de la infraestructura. El Gobierno nacional, a través de la ANI, debe reconocer a los concesionarios el valor total que se deja de recaudar en los peajes, cuando no se operan, no se instalan o se cobran tarifas diferentes. Esos montos salen del presupuesto público, es decir, son recursos de los colombianos. Si el Estado no puede pagar ese menor ingreso, los contratos pondrían llegar a desequilibrios y terminaciones anticipadas, que implican un reconocimiento económico al privado y no cumplir con el objetivo del proyecto, que en algunos casos conduciría a dejar obras inconclusas.

 

Es decir, ¿siempre debe haber una alternativa para la financiación de obras más allá de lo que aporte el Estado?

Siempre, para garantizar la ejecución, operación y mantenimiento de proyectos de infraestructura de transporte concesionados, a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura, el aporte debe ser entre el Estado y la ciudadanía. Las entidades del Estado están llamadas a generar nuevas fuentes de financiación que reduzcan la presión sobre el fisco y permitan ser sostenibles.

 

¿Cómo se beneficia la comunidad con un peaje?

Más allá de los beneficios de movilidad que genera el desarrollo de proyectos carreteros, a través de los proyectos de concesión vial, estos son una fuente de empleo para más de 50 mil personas en diferentes regiones de Colombia. Además, contribuyen a la dinamización de sectores productivos, garantizan la operación y mantenimiento de las vías y el desarrollo de acciones sociales y ambientales en las áreas de influencia del proyecto. Cuando un ciudadano paga un peaje adquiere niveles de servicio de una infraestructura de primer nivel, que cuenta con mantenimiento periódico, servicios de grúa, ambulancia, inspección vial y auxilio mecánico, las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

 

 

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