Es el documento que suscribirán el Vicepresidente de Gestión Contractual o quién haga sus veces, el Supervisor de la ANI, el Interventor y el Concesionario de acuerdo con lo señalado en este Contrato, en especial en el ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. de esta Parte General, para los efectos previstos en el artículo 60 de la ley 80 de 1993 (modificado por el artículo 217 del Decreto 19 de 2012) y en el artículo 11 de la ley 1150 de 2007, o las normas que los modifiquen, complementen o sustituyan.
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