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Cuentas Autorizadas

Son las cuentas bancarias en las que los órganos del orden nacional de la Administración Pública manejan recursos del Presupuesto General de la Nación, excluyendo los ingresos propios de los Establecimientos Públicos. La autorización correspondiente será impartida por la Dirección General del Tesoro y Crédito Público- DGTCP.

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