La Agencia Nacional de Infraestructura estableció el procedimiento para el otorgamiento de permisos de cruce férreo en virtud de la Resolución No. 716 del 28 de abril de 2015; en esta se definen los requisitos de orden técnico y legal que el peticionario debe cumplir para que se le expida el acto administrativo que permita la intervención sobre la infraestructura férrea y carretera a cargo de esta Entidad.
En el artículo Sexto de la Resolución No. 716 del 28 de abril de 2015, se especifican los requisitos a tener en cuenta por el peticionario para la respectiva solicitud de la infraestructura Férrea, los cuales se relacionan a continuación:
- Solicitud del permiso, la cual podrá presentarse en línea ingresando a la página www.ani.gov.co o directamente en ventanilla dirigida a la Coordinación del Grupo Interno de Trabajo de Proyectos Carreteros, Estrategia Contractual, Permisos y Modificaciones, de la Vicepresidencia de Gestión Contractual.
- Fotocopia del documento de identidad de la persona natural o del representante legal de la persona jurídica propietaria y/o beneficiaria de las obras, según se trate, y en caso de los trámites que adelanten Autoridades Regionales y/o Locales debe anexar la respectiva Acta de Posesión.
- Certificado de existencia y representación legal y/o el documento que la determine en caso de personas jurídicas.
- Poder debidamente otorgado en los casos que corresponda
- Descripción técnica detallada del proyecto, incluyendo el esquema básico de las obras a construir o trabajos a realizar, la descripción de la maquinaria a emplear en los trabajos, la metodología de la intervención y el análisis de posibles impactos a corredor férreo junto con su plan de mitigación.
- Identificación principio – fin, del lugar exacto donde ejecutarán las obras objeto de la solicitud del permiso, de conformidad con el sistema de referenciación des sistema férreo.
- Descripción de la señalización preventiva a adoptar en el sitio de los trabajos, durante la ejecución de los mismos, con el plano respectivo, la cual debe cumplir con el Manual de Señalización Dispositivos para la Regularización del Tránsito en Calles, Carreteras y Ciclo rutas de Colombia vigente. En caso que se requieran cierres totales se deberá hacer la difusión del mismo en los medios y, adicionalmente, tramitar dicho cierre con el INVIAS.
- Presupuesto de las obras objeto del permiso, con todos los ítems de construcción, que afectarán la zona del derecho de vía de la infraestructura férrea, que se encuentra a cargo de la Entidad.
- Planos de las obras a ejecutar, objeto del permiso que afectará la zona de derecho de vía, faja de retiro o área de reserva o exclusión.
- Plan de Manejo Ambiental de las obras objeto del permiso, que incluya, si la naturaleza del mismo lo exige, los permisos para el uso y aprovechamiento de recursos naturales o concepto de viabilidad ambiental sobre la obra a realizar.
- En el caso que corresponda se debe anexar el Registro Único Tributario
- En el caso que corresponda la determinación de los mantenimientos rutinarios y/o preventivos y la indicación de la periodicidad y su respectiva duración.
- La carta de Compromiso por parte del propietario y del beneficiario de las obras aportada en original, dirigida al Vicepresidente de Gestión Contractual de la Agencia Nacional de Infraestructura, en la etapa establecida en el instructivo y la cual debe estar en los siguientes términos:
NOTA IMPORTANTE:
(Nombre del peticionario) me comprometo a trasladar, proteger, ajustar el alineamiento o realizar, a mi costa y en el tiempo exigido, cualquier cambio a las obras o redes de servicios públicos construidas o instaladas en uso del permiso, incluyendo el trámite de todos los permisos que requiera la ejecución de la obra, cuando la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, EL CONCESIONARIO (S) y/o ADMINISTRADOR DE LA INFRAESTRUCTURA FÉRREA, lo solicite. En caso de no realizar tales adecuaciones, la A AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA a través del CONCESIONARIO (S) y/o ADMINISTRADOR DE LA INFRAESTRUCTURA FÉRREA, podrá restituir la operación ferroviaria en condiciones de seguridad sin que se requiera autorización alguna y repetir contra mí, como Titular, o contra quien haga mis veces.
Igualmente (en los casos que corresponda) me comprometo a sufragar el costo de la operación del paso a nivel de la vía férrea durante todo el tiempo.
Me comprometo a dejar indemne a la AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, al CONCESIONARIO(S) y/o ADMINISTRADOR DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL FÉRREA, y libres de perjuicios que reclamen terceros y que sean causados por el traslado de las obras o redes.
Declaro que conozco todas y cada una de las condiciones y obligaciones previstas en la Resolución por medio de la cual fija el procedimiento para el otorgamiento de los permisos para el uso, la ocupación y la infraestructura Vial Nacional Férrea a cargo de la Entidad, las cuales acepto y me comprometo a cumplir, en especial, las previstas en el Articulo Decimo de la presente Resolución.
(Si el propietario y/o beneficiario de las obras es una entidad pública) Me comprometo a mantener la existencia de disponibilidad presupuestal y a responder a mi costa por la custodia, mantenimiento, cuidado y traslado de las obras o redes, y en los casos que corresponda, la operación de los pasos a nivel, sin que para ello sea necesario un requerimiento de tipo judicial.