
Bogotá, D.C., 15 de mayo de 2026. (@ANI_Colombia). Frente a la publicación realizada por el periódico El Tiempo, el pasado miércoles 13 de mayo de 2026, titulada “Los secretos del fallo que condenó a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), a pagar 3 billones por Ruta al Mar: ¿Por qué no acudió a la Defensa Jurídica del Estado?”, la ANI se permite aclarar a la opinión pública lo siguiente:
1. El artículo incluye afirmaciones e interpretaciones que no corresponden a la realidad de las actuaciones adelantadas por la Entidad sobre el tribunal de arbitraje internacional convocado por la concesión Ruta al Mar S.A.S., encargados de la construcción, operación y mantenimiento del proyecto vial APP Antioquia-Bolívar.
2. La Entidad cuenta con soportes documentales, (memorandos, correos electrónicos, reuniones y solicitudes de insumos) que evidencian la interacción y articulación con la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), así como gestiones asociadas a arbitrajes nacionales e internacionales donde la ANI es parte.
3. Desde 2023, la ANDJE tuvo conocimiento no solo de la demanda arbitral presentada por la concesión Ruta al Mar S.A.S., —frente a la cual citó reuniones de coordinación y emitió concepto sobre los árbitros que finalmente integraron el Tribunal—, sino también del arbitraje de inversión iniciado en contra de Colombia ante el CIADI por uno de los accionistas de dicha concesión, respecto del cual ha solicitado a la ANI insumos e información para la preparación de la defensa del Estado desde entonces y hasta la fecha.
4. Por ejemplo, el 09 de mayo de 2025, la ANI recibió comunicación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado donde el director Técnico de la ANDJE, mediante Radicado No.20257010124861 respondió a la consulta formulada por la ANI frente al arbitraje en mención, lo cual es muestra de la coordinación interinstitucional.
5. De todas las actuaciones, solicitudes y reuniones, existe trazabilidad en la ANI, que da cuenta de la gestión adelantada por la entidad ante la ANDJE, y que difiere sustancialmente de lo manifestado por el diario en la nota del pasado miércoles 13 de mayo de 2026.
6. Cuando se afirma en el artículo “presuntas inconsistencias” en la estrategia jurídica institucional constituye una apreciación que no fue contrastada con la Entidad, como lo exige la labor periodística, y que no corresponde a la realidad de las actuaciones adelantadas por la ANI.
7. Es importante destacar que la ANI solicitará al Centro Internacional de Resolución de Disputas (CIRD) aclaración del Laudo Final, lo que deja un espacio de revisión del fallo proferido. Además, la Agencia cuenta con la posibilidad de interponer el recurso de Anulación ante el Consejo de Estado, para lo cual también cuenta con 30 días después de resueltas las aclaraciones.
8. La coordinación con otras entidades del Gobierno Nacional es un pilar fundamental en la estrategia de la defensa jurídica del Estado con el único propósito de defender los intereses de todos los colombianos. La ANI reafirma su compromiso con la transparencia y la defensa del patrimonio público.
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