Cuando se trate de vías concesionadas, deberá presentar ante el Ministerio de Transporte y el Ministerio de Minas y Energía la petición de construcción, modificación y/o ampliación de estaciones de servicio automotriz ubicadas en carreteras a cargo de la Nación, y solicitar el concepto técnico de ubicación del Instituto Nacional de Vías INVIAS o de la Agencia Nacional de Infraestructura, según se trate de vías no concesionadas o de vías concesionadas a cargo de la nación, respectivamente, para lo cual deberá presentar ante la entidad que corresponda la petición, de acuerdo con el formato previamente diseñado por el Ministerio de Transporte (resolución 1361 de 2012), con el plano de localización en planta general de la estación de servicio, a escala 1 :250.
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