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Luego de un proceso de más de seis años, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca dio la razón a la ANI, frente a la decisión adoptada el 12 de noviembre de 2019, a través de la Resolución 1685, donde declaró la caducidad del contrato de concesión NO. 09-CONP98, ante el incumplimiento grave de Ferrocarriles del Pacífico (FDP) de sus obligaciones contractuales en temas como la prestación del servicio de transporte de carga, el mantenimiento y conservación de la infraestructura entregada en concesión y el mantenimiento de los equipos férreos.
Bogotá, D.C., 16 de febrero de 2026. (@ANI_Colombia). En una decisión trascendental para el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por las concesiones de la infraestructura de transporte de la Nación, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca (TAC) confirmó la decisión de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de declarar la caducidad del contrato de concesión de Ferrocarriles del Pacífico (PDF) y la obligación de pagar una sanción por $97.969 millones a la Agencia por los perjuicios causados, decisión adoptada por el Grupo Interno de Trabajo (GIT) de Procedimientos Administrativos Sancionatorios Contractuales.
El Alto Tribunal, luego de agotar las etapas procesales del caso, decidió negar las pretensiones de FDP, validando totalmente la actuación de la ANI en desarrollo del procedimiento administrativo sancionatorio. El TAC confirmó que la Agencia tenía competencia para declarar la caducidad del Contrato de Concesión, además concluyó que la entidad garantizó a FDP sus derechos constitucionales al debido proceso en el transcurso de la actuación administrativa y, por último, ratificó que la Agencia hizo un debido estudio de los riesgos asumidos por el concesionario en el Contrato de Concesión.
“Este es un logro del equipo de Defensa Judicial de la ANI donde se confirmó la competencia de la entidad para declarar la caducidad del contrato de concesión ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de FDP. En la ANI siempre estamos vigilantes de los intereses de la Nación y de todos los colombianos para que los concesionarios cumplan con sus obligaciones”, resaltó Óscar Torres Yarzagaray, presidente de la ANI.
Por su parte, Ariel Lozano Gaitán, Vicepresidente Jurídico, destacó el trabajo realizado por el equipo de Defensa Judicial y por el GIT de Procedimientos Administrativos Sancionatorios Contractuales. “Insistimos en la competencia de la ANI para declarar la caducidad del Contrato de Concesión, informamos al
Tribunal sobre el respeto total de las garantías constitucionales de FDP en desarrollo del procedimiento administrativo sancionatorio, así como también sobre el debido análisis de la entidad a los riesgos adquiridos por el concesionario al momento de asumir el pacto contractual”, añadió.
La historia
Ante el incumplimiento grave de Ferrocarriles del Pacífico (FDP) de sus obligaciones contractuales en temas como la prestación del servicio de transporte de carga, el mantenimiento y conservación de la infraestructura entregada en concesión y el mantenimiento de los equipos férreos, la ANI expidió la Resolución 1685, el 12 de noviembre de 2019, donde declaró la caducidad del contrato de concesión NO. 09-CONP98.
Además, impuso a FDP la obligación de pagar a la ANI la suma de $97.969.201.936, por los perjuicios causados por dichos incumplimientos. Esa decisión fue confirmada por la Resolución 20207070005965 del 15 de mayo de 2020. A raíz de este fallo, FDP interpuso una demanda contra la ANI en ejercicio del medio de control de controversia contractual y reparación directa, con el propósito de obtener: (i) la nulidad de las Resoluciones antes mencionadas; (ii) el restablecimiento del derecho contractual; y, además, (iii) la reparación del daño, consistente en la indemnización por los daños ocasionados a FDP derivados de la materialización de los efectos de los actos demandados.
Luego de realizar el estudio a profundidad del caso, el pasado 28 de enero de 2026, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca con ponencia del Magistrado Juan Carlos Garzón Martínez, decidió negar las pretensiones de FDP, validando totalmente la actuación de la ANI en desarrollo del proceso administrativo sancionatorio.
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