Torre de señalización luminosa ubicada cerca de una costa para alertar a las naves que navegan especialmente de noche.
Torre de señalización luminosa ubicada cerca de una costa para alertar a las naves que navegan especialmente de noche.
Es la segunda fase de la Etapa Preoperativa, durante la cual el Concesionario, principalmente, debe realizar las Intervenciones. Esta Fase de Construcción se extiende desde el momento de la firma del Acta de Inicio de la Fase de Construcción hasta la suscripción de la última Acta de Terminación de Unidad Funcional.
Es la primera fase de la Etapa Preoperativa que se extenderá desde la Fecha de Inicio hasta la fecha de suscripción del Acta de Inicio de la Fase de Construcción.
Fondo de Contingencias Contractuales de las Entidades Estatales.
Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de ejecución del Contrato.
Es la fecha programada de finalización del Contrato (de Concesión y/o Interventoria) o, en caso de terminación anticipada, la fecha en que se declare la terminación del Contrato, por la ocurrencia de cualquiera de los eventos previstos en el mismo. La fecha efectiva de terminación del Contrato se extenderá más allá de la fecha programada de finalización del Contrato, cuando el término del Contrato se extienda como resultado de la suspensión total de la ejecución del Contrato, en los términos previstos en el mismo, o como consecuencia de la extensión de su plazo por la circunstancia prevista en el Contrato.
Operación mercantil mediante la cual una persona llamada fideicomitente destina cierto bienes a la realización de un fin licito determinado encomendado este a una institución fiduciaria.
Personas que entrega a otra uno o más bienes determinados, transfiriéndole o no la propiedad de los mismo, con el propósito de que esta cumpla con ellos una finalidad específica, bien sea en beneficio el fideicomitente o de un tercero.2. Persona que ordena el fideicomiso. 3. Fiduciante.
Acto jurídico mediante el cual una persona natural o jurídica (llamado fidecomitente) entrega a una sociedad fiduciaria uno o más bienes concretos con el objetivo de ser devueltos al fidecomitente una vez cumplidas sus obligaciones.
Es la sociedad de servicios financieros constituida en Colombia y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia, autorizada para celebrar contratos de fiducia mercantil, que tenga una calificación de riesgo en calidad en administración de portafolios o en administración de activos, que corresponda al menos a la segunda mejor calificación de la escala utilizada por la respectiva calificadora de riesgo autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia, que sea escogida por el Concesionario para actuar como administradora y vocera del Patrimonio Autónomo.
Fiduprevisora S.A. es una sociedad de economía mixta de carácter indirecto y del orden nacional, sometida al régimen de Empresa Industrial y Comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia y con control fiscal reglamentado por la Contraloría General de la República.
Se entenderá como la persona natural o jurídica designada de conformidad con lo señalado en el Contrato para dirimir los conflictos derivados de aspectos técnicos de Ingeniería.
Se entenderá como la persona natural o jurídica designada de conformidad con lo señalado en el Contrato para dirimir los conflictos derivados de aspectos financieros y contables.
Documento utilizado para consignar y estandarizar datos generados de una actividad desempeñada, proporcionar evidencia de dicha actividad o presentar resultados obtenidos de un proceso o un procedimiento.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 1 de la Ley 95 de 1890, se entenderá por Fuerza Mayor o Caso Fortuito el imprevisto a que no es posible resistir.
Se entiende como el objeto social o la razón de ser de la entidad.